La jornada laboral máxima ordinaria en Colombia llegará a 42 horas semanales, como parte de la fase final de la reducción gradual establecida en la Ley 2101 de 2021. Esta medida no podrá afectar el salario ni los derechos adquiridos de los trabajadores, y permitirá acordar la distribución del tiempo laboral en 5 o 6 días a la semana, respetando los límites legales diarios.
Tabla de Contenido
Colombia Reducirá Jornada Laboral: ¿Qué dice la Ley 2101 de 2021?
Esta ley establece la reducción gradual de la jornada laboral máxima semanal en Colombia, sin afectar el salario, las prestaciones sociales ni los derechos adquiridos de los trabajadores. Es decir, menos horas trabajadas, pero con el mismo sueldo. Este cambio responde a las recomendaciones de la OIT (Organización Internacional del Trabajo).
Esta reducción se aplicó de manera progresiva desde 2023 y llegará a su fase final en 2026, cuando la jornada máxima ordinaria quedará en 42 horas semanales.
El cronograma queda así:
| Fecha de Aplicación | Jornada Máxima Laboral |
|---|---|
| Desde el 15 de julio de 2023 | 47 horas semanales |
| Desde el 15 de julio de 2024 | 46 horas semanales |
| Desde el 15 de julio de 2025 | 44 horas semanales |
| Desde el 15 de julio de 2026 | 42 horas semanales |
- También puedes leer: Estos son los subsidios para trabajadores formales en Colombia 2026
¿Desde cuándo aplica la jornada laboral de 42 horas?
Desde el 15 de julio de 2026, la jornada laboral máxima ordinaria en Colombia queda en 42 horas semanales, como fase final de la reducción gradual establecida en la Ley 2101 de 2021.
¿Cómo repartir las 42 horas laborales?
Existen varias alternativas, siempre y cuando no se excedan las 42 horas semanales:
- Podrán distribuirse en 5 o 6 días a la semana.
- El trabajador tendrá derecho a un día de descanso.
- La jornada diaria deberá acordarse entre el empleador y el trabajador.
- Cada jornada podrá tener un mínimo de 4 horas continuas.
- La jornada diaria no podrá superar 9 horas.
- Mientras no se excedan las 42 horas semanales, esta distribución no genera pago de horas extras por el solo hecho de trabajar jornadas de hasta 9 horas diarias.
¿Es posible trabajar solo 4 días a la semana?
No como regla general. La jornada laboral de 42 horas semanales no significa automáticamente que los trabajadores puedan cumplir su horario en solo 4 días.
Según la distribución vigente, las 42 horas pueden organizarse en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre un día de descanso y respetando los límites diarios permitidos.
La jornada diaria podrá acordarse entre el empleador y el trabajador, con un mínimo de 4 horas continuas y un máximo de 9 horas al día. Por eso, completar las 42 horas en solo 4 días podría superar la jornada diaria ordinaria permitida.
Es importante recordar que la reducción de la jornada laboral no implica disminución del salario, primas, vacaciones ni demás prestaciones sociales.
En la práctica, las empresas deberán ajustar sus turnos y horarios internos para cumplir con el nuevo límite semanal, sin afectar la remuneración ni los derechos laborales de los trabajadores.
Te puede interesar: secretaría de Hábitat abrió 3.000 nuevos cupos para subsidio de vivienda en Bogotá: requisitos de Reactiva Tu Compra
¿Qué pasa con los recargos?
Con la Ley 2466 de 2025, el trabajo nocturno en Colombia quedó definido entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente. Esto significa que las horas laboradas desde las 7:00 p. m. generan recargo nocturno del 35 %, cuando corresponda.
Además, las horas que superen la jornada máxima semanal deberán pagarse como trabajo suplementario u horas extra, según las reglas laborales vigentes.
¿Qué otras novedades trae la reforma laboral?
Además de la reducción de la jornada laboral, la Ley 2466 de 2025 introdujo otros cambios importantes para trabajadores y empleadores en Colombia, entre ellos:
- El recargo por trabajar domingos y festivos aumentará de forma gradual: 80 % desde julio de 2025, 90 % desde julio de 2026 y 100 % desde julio de 2027, aunque los empleadores pueden aplicar el 100 % desde ahora si así lo deciden.
- El trabajo nocturno inicia desde las 7:00 p. m. y hasta las 6:00 a. m., horario en el que aplica el recargo nocturno.
- El contrato a término indefinido pasa a ser la modalidad general de contratación, mientras que los contratos a término fijo tendrán una duración máxima establecida por la ley.
- Se fortalecen las reglas para el teletrabajo, el trabajo remoto y otras modalidades de trabajo flexible.
- Se crea un esquema de cotización flexible a la seguridad social para trabajadores de tiempo parcial y personas con ingresos inferiores a un salario mínimo, con el fin de promover la formalización laboral.
¿A qué trabajadores aplica esta ley?
Aplica, en general, a los trabajadores del sector privado vinculados mediante contrato de trabajo. No obstante, la legislación laboral contempla excepciones para algunos cargos de dirección, confianza y manejo, así como para otras modalidades especiales previstas en el Código Sustantivo del Trabajo.
Desde el 15 de julio de 2026, Colombia llegará a la jornada máxima ordinaria de 42 horas semanales. La medida aplica sin reducción salarial y obliga a empresas y trabajadores a revisar turnos, horarios y acuerdos internos para cumplir con la norma vigente.



sígueme aquí en el canal de whatsapp