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¿Por qué no eres elegible para la Devolución del IVA? Descubre la Nueva Resolución 2023

¿Por qué no eres elegible para la Devolución del IVA? Descubre la Nueva Resolución 2023 JEY TE INFORMA

En el proceso de Devolución del IVA o Compensación del IVA, es crucial comprender las razones por las cuales podrías no ser seleccionado como beneficiario.

La Resolución 01827 del 24 de agosto de 2023, específicamente en el artículo 12, establece las causales de no elegibilidad que debes tener en cuenta. A continuación, desglosaremos estas importantes condiciones que pueden afectar tu participación en el programa.

Criterios Cruciales de Identificación de la Devolución del IVA

El artículo 12.1 menciona que los hogares que, después de ser registrados como potenciales beneficiarios del programa, de acuerdo con las fuentes de información, ya no cumplan con los criterios de identificación establecidos en el artículo 8 de la misma resolución, no podrán ser seleccionados como beneficiarios en el ciclo operativo correspondiente.

Estos criterios de identificación incluyen factores como tener menores de 18 años, población o registros indígenas dentro del núcleo familiar, adultos mayores en lista de espera, y estar categorizados en el Sisbén IV del grupo A al B4. Es esencial que estés al tanto de estos criterios para comprender por qué no fuiste seleccionado.

Indicios de Fallecimiento

El artículo 12.2 se refiere a los indicios de fallecimiento de la persona titular del hogar según las bases de Registraduría Nacional del Estado Civil, Registro Único de Afiliados (RUAF), el Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), Registro Social de Hogares (RSH) y demás bases de datos certificadas disponibles.

Si existe la sospecha de fallecimiento de la persona titular del hogar, esto puede afectar tu elegibilidad en cualquier ciclo del programa.

Inconsistencias en el Documento de Identidad

El artículo 12.3 señala que inconsistencias en el documento de identidad registrado de la persona titular del hogar con respecto a los datos consignados en otras bases de datos oficiales pueden ser consideradas como causales de no elegibilidad.

Estas inconsistencias pueden incluir diferencias en fechas de nacimiento, nombres, apellidos, lugar de nacimiento, lugar de expedición, fecha de expedición, tipo de documento y número de identificación.

Para verificar esta información, se utilizarán bases de datos certificadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, Sisbén o Registro Social de Hogares y Migración Colombia.

Rechazo del Abono por Ciclos Operativos Consecutivos

El artículo 12.4 establece que si un hogar no cobra la transferencia o experimenta el rechazo del abono por tres o más ciclos operativos consecutivos, de acuerdo con los actos administrativos en los cuales el hogar fue seleccionado como beneficiario, puede quedar fuera del Programa Devolución del IVA.

Duplicidad de Registros

Según el artículo 12.5, la duplicidad de registros de hogares o personas en el sistema de información del programa o en las bases de focalización es otra razón por la cual podrías no ser elegible.

Esto significa que si se encuentra una persona o un núcleo familiar en dos registros, podrías quedar excluido del pago bimensual.

Condiciones Socioeconómicas que Indican Ausencia de Pobreza

El artículo 12.6 menciona que si se reportan condiciones socioeconómicas que indiquen que el hogar no se encuentra en condición de pobreza debido a que reciben un ingreso mensual que supera la línea de pobreza vigente determinada por el DANE para el dominio geográfico del municipio registrado.

Posibilidad de Corrección de Causales de No Elegibilidad

Es importante destacar que, según el parágrafo dos, los hogares identificados como no elegibles podrán ser seleccionados en ciclos operativos posteriores si se verifica que la causal de no elegibilidad ha sido corregida, ajustada o subsanada en las fuentes de información.

Esto significa que, si se resuelve la situación que causó tu no elegibilidad, podrías volver a ser considerado como beneficiario.

Reasignación de Titularidad en Caso de Fallecimiento

El reporte de fallecimiento señalado en el numeral 12.2 permitirá al Departamento de Prosperidad Social iniciar automáticamente el procedimiento de reasignación de la titularidad a otro integrante del mismo hogar mayor de 14 años registrado en el Sisbén IV o Registro Social de Hogares.

Esta reasignación se hará efectiva en el siguiente ciclo operativo a la identificación del reporte de fallecimiento.

Es fundamental comprender estas causales de no elegibilidad para participar en el Programa de Devolución del IVA.

Mantente informado y verifica tu situación en las bases de datos correspondientes para asegurarte de que cumples con los requisitos necesarios.

La Resolución 01827 del 24 de agosto de 2023 proporciona información detallada que te ayudará a entender por qué no fuiste seleccionado y cómo podrías corregir tu situación para ser considerado en ciclos operativos futuros.

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