Jey te informa, que Prosperidad social comparte las condicionalidades de la Renta Ciudadana transitoria a el programa Familias en Acción que sumara hasta un millón por hogar.
Esta resolución del 16 marzo 2023 fue firmada y ya es aprobada, lo cual hace realidad lo confirmado por los medios oficiales la publicación de la resolución y próximamente listas de beneficiarios.
Tabla de contenido
Liquidación de condicionalidades Fase IV de Familias en Acción transición a la Renta Ciudadana
- ¿Cómo se implementará la condicionalidad de salud de la Renta Ciudadana?
Prosperidad Social determino en su Resolución que la liquidación de la condicionalidad en salud se realiza para seis (6) ciclos operativos durante el año, cada dos meses.
El mes de registro, en el cual se certifica el cumplimiento de los compromisos en salud de cada periodo, se define de acuerdo con el cronograma establecido por el programa.
- ¿Cómo va a ser la condicionalidad de educación de la transición a la Renta Ciudadana?
La liquidación de la condicionalidad en educación se realiza para cinco (5) ciclos operativos durante el año.
Para los establecimientos educativos de calendario «A» los meses de diciembre y enero no se verifican
Para el caso de los establecimientos educativos de calendario <<B>, no se verifican los meses de junio-julio.
Ambos por corresponder a las vacaciones de finalización de año escolar.
El mes de registro en el cual se certifica el cumplimiento de los compromisos escolares de cada periodo es definido de acuerdo con el cronograma establecido por el programa.
¿Cómo se verificará el cumplimiento de las condicionalidades?
En cada ciclo operativo, previo a la liquidación y pago de las transferencias monetarias, se verificará el cumplimiento de los compromisos de corresponsabilidad en salud y educación.
Esto se hará con base en la información reportada por las IPS y los EE en todo el territorio nacional.
¿Cuánto Pagará Familias en Acción Fase IV Renta Ciudadana transitoria 2023?
Estados que se presentaran durante las Inscripciones de la Renta Ciudadana
Estos estados corresponden a la clasificación de las familias que realizaron el proceso de inscripción de Familias en Acción fase IV transición a la Renta Ciudadana.
Prosperidad Social artículo en su resolución oficial los estados o etapas de verificación para llegar a ser un beneficiario del programa transitorio de Familias en Acción fase IV, a continuación, te mostraremos cuáles son esas etapas que observaras durante la inscripción.
- ¿Si estoy en estado Inscrito ya recibiré el subsidio de la Renta Ciudadana transitoria?
Para entender todo el proceso del programa Transitorio de la Renta Ciudadana, debes saber que esta etapa es un buen indicio el cual asegura que ya tu familia se encuentra registrada de la manera adecuada.
Esta transición es correspondiente a la familia que surtió exitosamente el proceso de validación de su inscripción.
- ¿Qué hacer si estoy en Estado Aplazado por la Renta Ciudadana?
Para aquellas familias que no ha completado exitosamente el proceso de validación de su inscripción se va a encontrar en estado de aplazado.
Así mismo, debes estar atento si su hogar se encuentra pendiente de subsanar las no conformidades presentadas en las fechas habilitadas para este oportuno registro o actualización.
- ¿Qué pasará si me encuentro en Estado Anulado?
La asignación de anulado en este programa responde al estado que se le otorga al registro de inscripción de una familia generado por el no cumplimiento de los criterios de ingreso al programa definidos en la presente resolución.
Esto quiere decir que no se cumplió con los requisitos que se solicitaron al momento de la inscripción.
¿Cuáles son los estados en ciclo de pago de la Renta Ciudadana?
Estos estados corresponden a la clasificación que se les otorga a las familias y a sus miembros en cada ciclo operativo previo a la liquidación de la transferencia monetaria condicionada.
Los estados próximos al pago de este subsidio son los siguientes:
- ¿Qué sucede cuando estoy en estado Activo?
Cuando en el sistema sale reflejado el estado de activo e cada ciclo operativo es una buena señal, ya que la familia o miembro de esta cumple con los criterios de permanencia y que puede acceder a alguno de los incentivos otorgados por el programa en el periodo liquidado.
- ¿Si estoy en estado Suspendido no podré recibir el incentivo de la Renta Ciudadana?
Este estado es perteneciente a la familia o miembro de esta que, por procesos operativos, de control y depuración de datos de la información o por mejoramiento de las condiciones socioeconómicas, es objeto de revisión por parte del programa. Por lo tanto, se suspenderá por un tiempo hasta que se termine de verificar y constatar que podrá recibir su incentivo.
- ¿Qué sucede cuando me aparece estado Retirado en el Sistema de Familias en Acción Fase IV?
Este estado se presenta cuando la familia o miembro de esta finaliza su participación en el programa de la Transición hacia la Renta Ciudadana por cumplir alguno de las condiciones de salida del programa. Por lo cual es retirado y no recibirá el incentivo.
¿Como se hará la verificación de condiciones de permanencia y salida del Programa?
A continuación, te indicaremos cuáles son esas condiciones de salida que produce el estado “Retirado” en el Programa de transitorio de la Renta Ciudadana.
En cada ciclo operativo, previo a la liquidación y pago de las transferencias monetarias, se verificará la coherencia y veracidad de la información de las familias registrada en el SIFA, con base en las fuentes de información disponibles al momento de la verificación.
- ¿Qué Condiciones producirá la salida del Programa de la Renta Ciudadana?
Son criterios para determinar la salida de familias vinculadas al programa Familias en Acción las siguientes:
- Cumplimiento de metas: cuando se demuestre que los NNA o joven de la familia completaron los ciclos de educación y salud o cuando el NNA o joven ha cumplido con la edad máxima permitida por el programa para su acompañamiento.
- Cuando se pruebe que la familia no cuenta con NNA o joven para realizar acompañamiento.
- Criterios operativos: cuando transcurridos seis (06) meses contados a partir de la notificación del acto administrativo de suspensión no se hayan surtido las acciones correctivas necesarias para su levantamiento y las mismas sean imputables a la persona titular y/o beneficiaria y no exista medida administrativa de reemplazo que permita continuar con su participación en el programa.
- Retiro Voluntario de la persona titular de la familia: cuando la persona titular de la familia manifieste su voluntad de ser retirada del programa Familias en Acción.
- Cuando autoridad administrativa competente, decrete la existencia de una vulneración de derechos de los NNA pertenecientes a la familia.
- Cuando la familia beneficiaria haya suministrado información falsa para acceder al programa.
- ¿Cuáles son las condiciones para permanecer en el Programa transitorio?
Son criterios para determinar la continuidad del goce efectivo de los derechos de las familias vinculadas al programa:
a. Que no exista pronunciamiento de autoridad competente que decrete un cambio de custodia o una medida transitoria de protección del niños, niñas y adolescentes.
b. Que se hayan cobrado cumplidamente las transferencias monetarias,
c. Que el adolescente o joven que esté reportando cumplimiento de condicionalidades no se encuentre activo de manera simultánea en los programas Familias en Acción y Jóvenes en Acción,
d. Que la persona titular y/o beneficiaria tenga una inscripción vigente en uno de los siguientes registros administrativos: SISBÉN IV o listados censales indígenas entregados por la autoridad indígena reconocida por el Ministerio del Interior,
e. Coherencia de la información contenida en los registros administrativos entre el SIFA y las demás fuentes de información de las Entidades.
f. Vigencia del documento de identidad de las personas titulares y/o beneficiarias del programa.
g. Que las condiciones sociales y económicas de las familias estén acordes a los criterios establecidos por el programa Familias en Acción, a través de la verificación con fuentes de información de las entidades establecidas en el artículo 3.
h. La supervivencia de la persona titular.
Requisitos para ser beneficiario de Familias en Acción fase IV transición Renta Ciudadana
Habrá lugar al reconocimiento y liquidación las transferencias monetarias cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Que la familia se encuentre en estado activo, que cumpla con las condiciones de permanencia señalados en el artículo 23.
- Se verifique el cumplimiento de todas las condicionalidades.
- Que la familia cuente con una persona titular asignada con capacidad jurídica de ejercicio.
¿Cuáles son las fechas y el periodo de entrega de las transferencias monetarias de la transición?
- ¿Qué sucederá en la primera semana del mes de abril?
La primera semana del mes de abril la cual se encuentra conformada con los días (2-8) se tiene programado publicar la resolución y los respectivos listados de los nuevos beneficiarios de este subsidio, incluso habilitarán la consulta al público en la página web de la Renta Ciudadana.
- ¿Cuándo inician a publicar listados de los nuevos beneficiarios de la Renta Ciudadana?
La transición de Familias en Acción a la Renta Ciudadana iniciará su proceso operativo en abril esto quiere decir que en las primeras semanas del mes de abril estaremos viendo los beneficiarios de esta ayuda económica. Esto lo publicarán los Enlaces Municipales cuando esté disponible la información en el sistema.
- ¿Cuándo puedo consultar por la página web si soy beneficiario de la transición a la Renta Ciudadana?
Para consultar si eres beneficiario tienes dos alternativas las cuales te pueden ayudar a verificar si puedes cobrar este incentivo de gran ayuda.
La primera opción es estar atentos en los canales oficiales de Prosperidad Social un medio por el cual puedes consultar información cuando habiliten la búsqueda es el enlace de la página web de la Renta Ciudadana.
Como ha anunciado la Directora Cielo Rusinque por esta misma página se podrá consultar si eres un posible beneficiario de este nuevo subsidio, estamos esperando que en las próximas semanas se actualice esta página para que permita la debida verificación de los nuevos beneficiarios.
La segunda opción y mayor recomendada es consultar directamente con los Enlaces Municipales, estos estarán publicando listados de nuevos beneficiarios cuando este habilitado el proceso, así que solo queda estar atentos a todos los medios virtuales, incluso puedes revisar constantemente nuestra página web Jey te informa.
Fechas programadas por DPS para el pago correspondiente a la Renta Ciudadana Transitoria
Las fechas programadas durante la tercera semana del mes de abril, la cual está comprendida a partir del 10 al 15 de abril, recuerden que esta fecha puede variar dependiendo del tiempo que se tomen en cada proceso.
El pago de abril y los próximos incentivos les llegará a quienes se encuentren en estados inscritos y activos en el proceso operativo y de inscripción del programa de la Renta Ciudadana.
- ¿Dónde puedo consultar mi liquidación del programa Transitorio de la Renta Ciudadana?
En el sistema SIFA puedes consultar la información de tu liquidación en las fechas habilitadas.
Esto se puede verificar en el Sistema de Información de Familias en Acción mediante Enlaces Municipales, recuerda que solo debes estar con estos dos estados para recibir el pago de lo contrario deberás hacer subsanación si te encuentras en estado aplazado, esto quiere decir que este próximo incentivo lo recibirán específicamente las familias inscritas y activas.
- ¿Por dónde pagarán el incentivo de abril Familias en Acción transición a la Renta Ciudadana?
Ya sabemos que este primer pago vendrá por giro esto se hará debido a que no se pudo contratar un operador de pago por el tiempo preestablecido para iniciar los pagos rápidamente, esto y los listados podrán consultarlo a inicios del mes de abril, le recomendamos estar consultando para verificar el cumplimiento de sus corresponsabilidades.
- ¿Cómo serán las siguientes transferencias monetarias de la Renta Ciudadana?
La dispersión de los recursos del programa y el pago final a la persona titular de la familia se realizará de manera bimestral, para lo cual el programa podrá utilizar alguno de los siguientes mecanismos:
- Depósitos en productos bancarios o financieros: consiste en depósitos o transferencias en productos financieros activos mediante entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, seleccionados y contratados por Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.
- Giros postales y/o bancarios: entregas directas en efectivo a los hogares beneficiarios del programa, a través de operadores de giros postales y/o giros bancarios autorizados y vigilados por la autoridad competente, seleccionados y contratados por Prosperidad Social para la dispersión de los recursos.
¿Cómo se llevará a cabo la liquidación de estas transferencias?
Como resultado de la aplicación de los procesos de actualización de la información de la clasificación del SISBÉN IV, novedades, verificación de cumplimiento de condicionalidades y verificación de condiciones de permanencia y salida, se procederá a la liquidación y orden de pago de la transferencia monetaria condicionada, mediante acto administrativo motivado en el cual determinará el listado de familias que cumplan con los requisitos y el monto a pagar.
- El Programa podrá autorizar el pago acumulado de máximo un ciclo operativo inmediatamente anterior por no cobro en el cálculo de la liquidación del ciclo operativo vigente.
- En el cálculo de la liquidación se podrán realizar ajustes y ordenar el pago de valores relacionados con la verificación de cumplimiento de ciclos anteriores en el marco de decisiones administrativas de levantamiento de suspensiones y de aquellos casos particulares bajo recomendación del comité operativo.
- La liquidación de la condicionalidad en salud se realiza para seis ciclos operativos durante el año, cada dos meses. El mes de registro, en el cual se certifica el cumplimiento de los compromisos en salud de cada periodo, se define de acuerdo con el cronograma establecido por el Programa.
- La liquidación de la condicionalidad en educación se realiza para cinco ciclos operativos durante el año. Para los EE de calendario «A» los meses de diciembre y enero no se verifican. Para el caso de los EE de calendario «B», no se verifican los meses de junio-julio, ambos por corresponder a las vacaciones de finalización de año escolar.
El Gobierno nacional viene implementando el plan de choque contra el hambre «Hambre Cero», el cual buscará beneficiar a familias en situación de pobreza en todo el territorio nacional, por la cual se realizó la sesión extraordinaria de la Mesa de Equidad celebrada los días 13 y 14 de febrero de 2023, en la cual se aprobó la propuesta técnica de ajuste del programa Familias en Acción en su cuarta fase, para iniciar el tránsito al programa «Renta Ciudadana».
Fueron aprobados los ajustes al monto y la priorización de municipios para la entrega de las Transferencias Monetarias Condicionadas de los hogares inscritos a la fase IV del programa Familias en Acción.
El ciclo operativo del Programa Familias en Acción consta de las siguientes actividades:
- Actualización de la información de la clasificación Sisbén IV
- Novedades
- Verificación de compromisos
- Condiciones de permanencia y salida
- Liquidación y entrega de incentivos
Canales de atención Renta Ciudadana
- Línea gratuita Nacional: 018000951100
- Línea de atención Bogotá: 601 379 1088
- Mensaje de texto: 85594
- WhatsApp: 3188067329
- Video llamada con Prosperidad Social: https://webcontact-cls45-dal.i6.inconcertcc.com/inconcert/apps/webdesigner/FormularioContactoDPS?token=C9FE1C14080A401AA6D3E38B61D8A111
- Servicio de devolución de llamadas Prosperidad Social: https://nggly242.inconcertcc.com/DPSWebCallback/index.html
- Página Oficial Prosperidad Social Colombia Mayor: https://prosperidadsocial.gov.co/colombia-mayor/
- Correo Oficial de Prosperidad Social: [email protected]
- Correo oficial del Programa Renta Ciudadana: https://prosperidadsocial.gov.co/renta-ciudadana/