Se crea nuevo Bono Escolar

por Jey Te Informa

Saludo especial a todo el país y a todos los que me ven a nivel nacional, información importante a los padres o acudientes de los estudiantes, La Senadora Paloma Valencia Radico el proyecto de ley para crear el bono escolar.

Empezaremos por ver, que el pasado martes 20 de septiembre se presentó un proyecto de ley destinado a prohibir el adoctrinamiento político en las aulas y otro destinado a otorgar bonos escolares. Paloma Valencia, quien lidera el proyecto, se comprometió a iniciar de esta manera “la transformación educativa de Colombia”.

Vamos a ver ahora el twiter publicado por la senadora quien nos resalta que  “La mayor desigualdad en Colombia es la educación. Queremos y necesitamos calidad para que los padres de las familias más pobres puedan elegir entre la educación pública y privada pagada por el Estado”.

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Vamos a ver ahora algunos artículos del proyecto de ley:

Art 2 BONO ESCOLAR: 

Créese el programa de “bono escolar” definido como el voucher o cheque que entrega y financia el estado colombiano a los padres de familia o quienes ejerzan la patria potestad de los niños, niñas y adolescentes en condición de vulnerabilidad,  pobreza moderada  o pobreza extrema para que puedan acceder a educación preescolar, básica y media en instituciones educativas públicas o privadas. El bono podrá ser de 2 categorías: bono escolar universal y bono escolar aditivo.

Ahora bien, la determinación de niños, niñas y adolescentes en condición de vulnerabilidad, pobreza moderada y pobreza extrema se realizara por medio de las categorías del SISBEN IV.

Art 3 BONO ESCOLAR UNIVERSAL

Entiéndase como “ Bono escolar universal” al bono escolar equivalente al total del pago de todos derechos académicos y servicios complementarios; enseñanza, herramientas de aprendizaje, salud del estudiante, comidas, administración, útiles escolares, costos de locales u otros que el ministerio de educación considere pertinente.

Art 4 BONO ESCOLAR ADITIVO

Este es el bono escolar que entrega un monto adicional al del “bono escolar universal” cuando los   y adolescentes beneficiarios:

  1. Cuenten con algún tipo de discapacidad que involucren pagos adicionales en su enseñanza.
  2. Se encuentre entre los cinco mejores estudiantes en el grado anterior.
  3. Obtengan reconocimientos acreditados nacionales o internacionales por habilidad académicas en: matemáticas, ciencia, deportes, arte y música.
  4. Otros que el ministerio de educación nacional considere pertinentes.

Arti 8 ACOMPAÑAMIENTO A LOS BENEFICIARIOS

el ministerio de educación nacional en coordinación con las secretarias de educación y las instituciones de educación públicas y privadas, deberán ofrecer un acompañamiento conjunto de los estudiantes beneficiarios del “bono escolar”, se deberá presentar un informe trimestral sobre el progreso de estos estudiantes, que incluya rendimiento académico y progreso psico-social.

Para los estudiantes seleccionados en el programa del bono, el ministerio de educación en coordinación con las secretarias de educación realizara talleres con los padres de familia o quien ostente la patria potestad de los niños, niñas y adolescentes para explicar el funcionamiento del programa, del sistema de información y la importancia de la calidad en la educación. Estos talleres serán obligatorios. Las instituciones educativas podrán promocionar sus instituciones y ofrecer talleres será obligatorios. Las instituciones educativas podrán promocionar sus instituciones y ofrecer talleres que no serán obligatorios.

Art 9 FINANCIACIÓN

Los bonos escolares serán financiados por el gobierno nacional mediante el sistema general de participaciones y el presupuesto general de la nación, con base en los criterios de distribución del artículo 16 de la ley 715 de 2001, y los establecidos en la presente ley y su reglamentación. De igual manera, el gobierno nacional y los entes territoriales podrán otorgar mayores recursos de otras fuentes.

Finalmente Valencia recalcó que su deseo con la iniciativa de los bonos escolares es brindarles empoderamiento y libertad a los padres de familia para tomar decisiones sobre la educación de sus hijos sin importar la situación económica de cada hogar.           

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