Jey Te Informa con claridad cómo Prosperidad Social selecciona a los beneficiarios para la Devolución del IVA 2025 según su perfil y el orden de priorización.
Tabla de Contenido
Es hora de explicar cómo se seleccionan las personas más necesitadas en Colombia, dependiendo de sus condiciones de vida y siguiendo el orden prioridades actuales para el 2025.
Orden de Priorización Devolución del IVA 2025 ¿Por qué se Aplica?
Prosperidad Social ha establecido un orden específico para seleccionar a los potenciales beneficiarios del programa Devolución del IVA 2025 de manera justa.
La prioridad se da a aquellos que cumplen ciertos criterios, características o perfiles, como pertenecer a ciertos grupos del Sisbén o ser parte de poblaciones indígenas.
Esta estrategia asegura que los beneficios se entreguen primero a quienes más lo necesitan.
¿Cuál es el Criterio de Selección para el 2025?
Para el 2025, los requisitos para seleccionar beneficiarios son más sencillos. Los hogares elegibles deben estar en comunidades indígenas o pertenecer a los grupos A o B del Sisbén, hasta el nivel B4.
Para entender el orden de la priorización, es importante saber la diferencia entre beneficiarios actuales y posibles beneficiarios:
- Los posibles beneficiarios son todas las familias que están en el Sisbén y cumplen con los criterios establecidos por el programa.
- Los reales beneficiarios son los que podrían ser considerados para recibir el beneficio.
¿Cuántos Cupos están Disponibles y Cómo se Organizan?

Se dispone de 2 millones de cupos a nivel nacional. La priorización se hace organizando a los beneficiarios potenciales en un orden específico, determinando quiénes deberían recibir primero el subsidio.
La priorización se establece por diferentes criterios, como los indicados a continuación:
Potenciales Beneficiarios
- Indígenas, Grupos A y B no beneficiarios del programa Jóvenes en Paz.
Priorización de Beneficiarios
- Grupo A del Sisbén IV, enfocado en mujeres solteras con hijos menores de 6 años y personas con discapacidad.
- Hogares indígenas con niños y niñas menores de 6 años.
- Hogares pertenecientes al Grupo A del Sisbén IV e indígenas con menores de 18 años.
- Hogares que no cumplan con los criterios anteriores serán seleccionados en el siguiente orden de prioridad: A1, A2, A3, A4, A5, B1, B2, B3 y B4.
- Por municipio, se priorizarán hogares con el mayor número de hijos menores de 18 años y adultos mayores.
- Integrantes que sean víctimas de desplazamiento, pertenecientes al ICBF, con jefatura femenina e indígenas.
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