El Gobierno Nacional mantiene el apoyo a empleadores que generan nuevos puestos de trabajo con el programa Empleos para la Vida, un incentivo que cubre parte del salario mínimo y que, según el más reciente Decreto 1736 del 20 de octubre, busca impulsar la contratación de jóvenes, mujeres, adultos mayores de 28 años y personas con discapacidad.
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¿Por qué hay un incentivo por la creación y permanencia de nuevos empleos formales?
Es un apoyo económico mensual que el Estado entrega a empresas, personas naturales empleadoras, patrimonios autónomos y uniones temporales que generen nuevos empleos formales, manteniendo a los trabajadores vinculados durante mínimo seis meses. Esta iniciativa busca:
- Promover contratación formal.
- Reducir el desempleo juvenil.
- Aumentar la participación laboral de mujeres.
- Incentivar empleo para personas con discapacidad.
- Apoyar a empresas que están creciendo o recuperándose.
El incentivo se financia con recursos del Presupuesto General de la Nación, está a cargo del Ministerio del Trabajo y tiene vigencia hasta agosto de 2026, según el artículo 79 de la Ley 2294 de 2023.
¿Qué normas regulan este apoyo económico?
Estas son las normas que respaldan el programa:
- Ley 2294 de 2023 (PND): Da a conocer de la existencia del incentivo y su vigencia hasta agosto de 2026.
- Decreto 0533 de 2024: Regula porcentajes exactos del incentivo, requisitos, operación, cronogramas y condiciones técnicas.
- Resolución 2200 del 7 de junio de 2024: Profundiza en la inclusión laboral de personas con diversidades funcionales y procedimientos de postulación.
- Decreto 1736 del 20 de octubre de 2024: Amplía la estrategia “Empleo para la Vida”, fija porcentajes mínimos base y simplifica lineamientos para empleadores.
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¿Cuánto paga realmente este incentivo?
Cada año (2025 y 2026) los valores se actualizan según el nuevo SMLV mediante una Resolución que aún no ha sido expedida. Los montos vigentes son los siguientes:
Jóvenes de 18 a 28 años:
30% del SMMLV
Mujeres mayores de 28 años:
20% del SMMLV
Hombres mayores de 28 años:
15% del SMMLV
Personas con discapacidad:
35% del SMMLV
Adicional si no cotizaban hace 4 meses o más:
10% extra sobre el porcentaje anterior
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de este programa?
Pueden aplicar:
- Personas naturales empleadoras.
- Empresas (personas jurídicas).
- Cooperativas.
- Patrimonios autónomos.
- Consorcios y uniones temporales.
El empleador debe demostrar su condición en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), cotizando el mes completo a Seguridad Social por cada trabajador adicional.
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¿Quiénes NO pueden acceder?
- Entidades donde la Nación tenga más del 50% del capital.
- Personas naturales catalogadas como PEP (Personas Expuestas Políticamente).
- Empleadores que no cumplan los 6 meses de vinculación mínima exigidos para cada trabajador.
¿Cuáles son los requisitos para postularse?
Quien quiera acceder al incentivo debe presentar ante el Banco Agrario o la cooperativa:
Documentos obligatorios
- Formulario de manifestación de intención y postulación, diseñado por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
- Certificación de cumplimiento de requisitos firmada por:
- Representante legal o empleador
- Revisor fiscal o contador
- RUT actualizado (no mayor a 6 meses).
(Ver también: Nuevo método para consultar beneficiarios de los subsidios con pago activo)
Documentos adicionales según tipo de empleador
1. Persona natural
- Cédula del empleador.
- Documentos del contador o revisor fiscal.
2. Persona jurídica o cooperativa
- Certificado de existencia y representación legal.
- Documentos del revisor fiscal/contador.
3. Patrimonio autónomo, consorcio o unión temporal
- NIT del titular.
- Documentos del representante y revisor fiscal.
¿En qué fechas puedo postularme?
El ciclo 15, recibirá postulaciones del 20 al 27 de noviembre de 2025, hasta las 4:00 p. m.
Solo se aceptan formularios diligenciados desde la página oficial del Banco Agrario, y los documentos deben radicarse directamente en sus oficinas.

¿Cómo inscribirse paso a paso?
1. Ingresar al formulario oficial
El Banco Agrario habilita la plataforma de postulación en las fechas del cronograma.
2. Diligenciar el formulario y anexos
Completar el formato, firmarlo y adjuntar toda la documentación requerida.
3. Radicar documentos
En la oficina donde tengas tu producto financiero (cuenta o depósito).
4. Mantener a los trabajadores vinculados mínimo 6 meses
Si el empleado no cumple ese tiempo, no se reconocerá el incentivo.
5. Esperar validación y giro
La entidad financiera válida requisitos, verifica cotizaciones, certificaciones y envía cuentas de cobro al Ministerio del Trabajo para pago.
Este incentivo se ha convertido en uno de los mecanismos más efectivos para impulsar el empleo formal, ya que disminuye los costos laborales y recompensa la contratación de poblaciones priorizadas. Además, su continuidad está asegurada hasta 2026, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal.



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