Últimos días para acceder al subsidio de arrendamiento que otorga el Ministerio de Vivienda a hogares vulnerables. Descubre aquí los requisitos, documentos requeridos y el cronograma de inscripción para no quedarte por fuera.
Tabla de Contenido
¿Cuál es el monto del subsidio de arrendamiento?
Es un apoyo económico temporal que cubre total o parcialmente el arriendo de una vivienda urbana legalizada. Se otorga por hasta 12 meses, con un valor máximo de 0,45 SMLMV, equivalentes a $640.575 mensuales en 2025, para un total anual de $7.686.900.
¿Quiénes pueden postularse?
Según el Ministerio de Vivienda, el beneficio está dirigido exclusivamente a hogares migrantes venezolanos que cumplan con las siguientes condiciones:
- Tener nacionalidad venezolana y documentación migratoria regularizada (Permiso por Protección Temporal – PPT, cédula de extranjería o instrumento que defina el Gobierno Nacional).
- No ser propietario de vivienda en Colombia.
- Contar con ingresos mensuales de hasta 2 SMMLV (aproximadamente $2 millones en 2025).
- Vivir en una zona urbana, residencial y fuera de áreas de riesgo.
- Disponer de contrato de arrendamiento vigente y legal, conforme a la Ley 820 de 2003.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares y pertenecer al 70% de la población más vulnerable.
Esta iniciativa busca facilitar el acceso a una vivienda digna para familias migrantes, con ingresos limitados y que no sean propietarias en Colombia.
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¿Cuándo y dónde se pueden postular?
La convocatoria para agosto de 2025 está abierta hasta el próximo 17. Las postulaciones deben realizarse a través del portal oficial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio:
Este subsidio también busca reducir el riesgo de informalidad habitacional y prevenir que las familias vivan en condiciones inadecuadas o zonas de peligro: Mi Casa Ya se acaba: ¿Y ahora qué pasará con quienes aún esperaban el subsidio?
¿Cómo postularse? Guía paso a paso
- Antes de iniciar el proceso, asegúrate de cumplir con todos los criterios de nacionalidad, regularización migratoria, ingresos y no propiedad de vivienda.
- Ingresa al enlace habilitado por el Ministerio de Vivienda y selecciona tu departamento y municipio. En el caso de Bogotá, elige “Bogotá D.C.” en ambas opciones.
- Diligencia el formulario con los datos del hogar, adjuntando la documentación requerida:
- Copia vigente del PPT, cédula de extranjería o documento definido por el Gobierno.
- Certificación de ingresos o declaración extrajuicio que demuestre ingresos hasta 2 SMMLV.
- Certificado médico en caso de discapacidad de algún miembro del hogar.
- Para postular la vivienda debes incluir los datos y documentos del inmueble:
- Certificado de tradición y libertad (vigencia no mayor a 30 días) que confirme que el arrendador es el propietario.
- Certificación bancaria del arrendador (cuenta de ahorros o corriente; no se aceptan monederos digitales).
- Contrato de arrendamiento firmado y vigente o prórroga que cubra los 12 meses del subsidio.
- La Secretaría Distrital del Hábitat o la entidad designada realizará una inspección física para verificar que la vivienda cumple con los estándares mínimos: dormitorio, baño, cocina, conexión a servicios públicos y condiciones seguras.
- Si la postulación cumple todos los requisitos, FONVIVIENDA expedirá un acto administrativo de asignación. El pago iniciará el primer día del mes siguiente a la expedición.
Condiciones que debe cumplir la vivienda
La casa o apartamento debe estar legalizado y contar con:
- Servicios públicos básicos (agua, alcantarillado, energía y recolección de basuras).
- Espacios independientes para dormir, cocinar y aseo.
- Certificación de no estar en zona de riesgo.
No se aceptan viviendas con paredes de madera burda o materiales de desecho, pisos de tierra, cocina improvisada, sin conexión a acueducto o alcantarillado, ni sin servicio de energía.
¿Cómo se paga el subsidio de arrendamiento?
El pago no se entrega al arrendatario, sino directamente al arrendador mediante giro a su cuenta bancaria a través de Fiduciaria Bogotá (Fidubogotá). Esta modalidad garantiza que el beneficio se use exclusivamente para el canon de arriendo.
Canales de atención MinVivienda
- Correo electrónico: [email protected]
- Sede de atención: Calle 17 No. 9 – 36, piso 3, Bogotá.
- Teléfono: +57 601 7366060
- Línea gratuita: 01-800-0127401
- Redes sociales: @Minvivienda
- Página web oficial: Ministerio de Vivienda
El subsidio de arrendamiento para migrantes venezolanos en Bogotá representa una oportunidad real para acceder a un hogar seguro y digno, con el respaldo del Estado y el financiamiento del Banco Mundial. Cumplir con los requisitos y entregar la documentación completa es la clave para asegurar la aprobación.




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